Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0327/2013
Fecha: 18-Mar-2013
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional en su Sala Tercera, en virtud a la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, en revisión resuelve: CONFIRMAR la Resolución de 13 de diciembre de 2012, cursante a fs. 18 y vta., pronunciada por la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando; y en consecuencia CONCEDER la tutela impetrada, conforme lo dispuesto por el Tribunal de garantías.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- “procedente”
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Supuestos para la validez de la restricción de la libertad física
- III.2. Del beneficio de suspensión condicional de la pena
- no es constitucionalmente justificable, que el condenado favorecido con perdón judicial deba continuar privado de su libertad, por haber desaparecido el factor utilidad procesal
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR