Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0327/2013
Fecha: 18-Mar-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante indica que dentro del proceso penal que se le sigue, fue beneficiado con la suspensión condicional del proceso, y pese haber cumplido diligentemente con todos los requisitos, el Juez Primero de Instrucción en lo Penal, ahora demandado, se niega a librar el respectivo mandamiento de libertad en tanto no se ejecutorié la respectiva Resolución.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- “procedente”
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Supuestos para la validez de la restricción de la libertad física
- III.2. Del beneficio de suspensión condicional de la pena
- no es constitucionalmente justificable, que el condenado favorecido con perdón judicial deba continuar privado de su libertad, por haber desaparecido el factor utilidad procesal
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR