SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0336/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0336/2013

Fecha: 18-Mar-2013

se adquiere por la coincidencia que se da entre la autoridad que presuntamente causó la violación a los derechos y aquélla contra quien se dirige la acción

Con relación a la legitimación pasiva, la jurisprudencia constitucional a través de la SCP 1451/2012 de 24 de septiembre de 2012, entre otras, ha señalado: “Respecto a la legitimación pasiva en la acción de libertad, se tiene que la misma '…se adquiere por la coincidencia que se da entre la autoridad que presuntamente causó la violación a los derechos y aquélla contra quien se dirige la acción' (SC 1349/01-R de 20 de diciembre); en ese entendido, la demanda de acción de libertad debe interponerse contra el presunto responsable a quien se le atribuyen los actos u omisiones ilegales o indebidas que dan lugar a la acción de libertad ello debido a que a consecuencia de la interposición de la acción tutelar es posible se produzcan consecuencias negativas para el demandado.