SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0364/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0364/2013

Fecha: 20-Mar-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El accionante de nacionalidad mexicana, ingeniero forestal de profesión, por más de dos meses no puede obtener la “visa de objeto determinado”, situación de la cual, es responsable la “Directora Distrital” de Migración de Santa Cruz, al haber hecho caso omiso a sus solicitudes de conclusión de trámite de la visa referida, aún cuando presentó todos los requisitos exigidos en esa institución y canceló los valores requeridos para obtener la señalada “visa”, impetrando se disponga la conclusión de su trámite; empero, al no tener respuesta oportuna, con celeridad y conforme al debido proceso se estaría vulnerando su derecho a la libertad de locomoción, porque existe un riesgo permanente de que, en las “batidas” que efectúan los funcionarios de esa Dirección Distrital de Migración, puedan detenerlo y trasladarlo a dependencias policiales, por su situación migratoria, que a la fecha de interposición de esta acción aún estaba en trámite y sin respuesta en esa institución estatal.