SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0387/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0387/2013

Fecha: 25-Mar-2013

a)

Después de haber sido detenido por funcionarios policiales, el Fiscal -ahora demandado-, imputó formalmente al accionante, sin embargo, la autoridad no tiene ningún elemento de convicción para hacerlo, no existe el cuerpo o instrumento del delito acusado, además que existieron varias irregularidades que no fueron observados por el Fiscal: a) El accionante fue detenido sin ser previamente citado; b) La denuncia por la cual se detiene al representado es ficticia, ya que quien la presenta no acreditó su identidad; c) La denuncia de robo de animales, fue presentada por quien no era propietario de los mismos y sin ofrecer prueba de respaldo; y, d) Asimismo la denuncia de robo de una gorra fue realizada de forma contradictoria e infundada.

El 23 de septiembre de 2012, la Jueza codemandada, impuso la medida cautelar de detención preventiva, a pesar de que la imputación fiscal adolece de defectos que afectan derechos y garantías, ya que se funda en una “…imputación y detención preventiva fundada en imaginaciones irresponsables”. De ahí que la Jueza -ahora demandada- sin tomar en cuenta los elementos procesales cursantes en obrados y violando el art. 173 del CPP, dispuso la detención preventiva de Freddy Alcides Gutiérrez cuando no existe una clara imputación ni un cuerpo del delito y la tipificación es capricho del Fiscal, por ende la actuación de ambos resulta lesiva de derechos porque deviene en detención indebida.