SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0387/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0387/2013

Fecha: 25-Mar-2013

II.4.

II.4.  Por escrito de 22 de octubre de 2012, el accionante, solicitó ante la Jueza Mixta de Instrucción de la Guardia, concesión de apelación, refiriendo: 1) Durante la audiencia me he permitido formular apelación de su resolución de detención preventiva, sin embargo de todo ello, el acta de medidas cautelares hasta ahora no ha salido de su despacho desde el 23 de septiembre de 2012; 2) El recurso de apelación debe ser concedido expresamente toda vez que así imperativamente la Ley lo autoriza. Porque vuestra Resolución no justifica una detención indebida y prolongada, más aun cuando se ha dispuesto la transferencia al penal de Palmasola; y, 3) Por todo ello se pidió la notificación con el acta de audiencia de medidas cautelares, ya que existe un estado de indefensión absoluta (fs. 32 y vta.).