SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0394/2013
Fecha: 27-Mar-2013
II.3.
II.3. El informe GL/EP29/G10 R3 de 11 de julio de 2012, de la CGE, denominado “Informe de Auditoría Especial Sobre el Pago de los Bonos '16 de julio' y '20 de octubre' por el Período 2002 a 2010”, suscrito por los ahora recurridos, concluye señalando que las acciones y omisiones descritas en el mismo, constituyen indicios de responsabilidad civil solidaria, conforme a lo establecido por el art. 31 inc. c) de la LACG y que están sujetas a la aplicación del art. 77 inc. h) de la LSCF, por concepto de disposición arbitraria de bienes patrimoniales del Estado; recomendando al amparo de los arts. 39 y 40 del Reglamento para el Ejercicio de las Atribuciones de la Contraloría General de la República (ahora CGE), aprobado por DS 23215, que el aludido informe sea puesto en conocimiento de los presuntos involucrados, para que en el plazo de diez días remitan sus aclaraciones y justificativos (fs. 398 a 426).
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- institución técnica que ejerce la función de control de la administración de las entidades públicas y de aquéllas en que el Estado tenga participación o interés económico
- lograr que todo servidor público, sin distinción de jerarquía, asuma plena responsabilidad por sus actos rindiendo cuenta no sólo de los objetivos a que se destinaron los recursos públicos que le fueron confiados, sino también de la forma y resultado de su aplicación
- civil
- entidad encargada de ejercer el Control Externo Posterior
- podrá emitir dictamen sobre las responsabilidades
- institución técnica encargada del control de la administración de las entidades públicas
- indicios de responsabilidad civil
- la determinación de la existencia o no de la responsabilidad corresponde al órgano correspondiente
- INFUNDADO