SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0418/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0418/2013

Fecha: 27-Mar-2013

3.2. Haberes y subsidios devengados

Por la jurisprudencia desarrollada en el Fundamento Jurídico III.4 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, se establece que las asignaciones familiares a ser pagadas por los empleadores del sector público a las cuales tiene derecho la accionante, recién podrá exigir su pago a partir del quinto mes de embarazo, empezando con el subsidio pre natal, continuar con el de natalidad y por último con el de lactancia.

Por lo que por la prueba adjunta en lo obrado, se tiene que la demandante tenía doce semanas de embarazo a tiempo de ser destituida del cargo que ocupaba, por lo cual deberá hacer valer sus derechos en instancias de su empleador y cuando así corresponda, en todo caso si no procedió a su cancelación deberá hacerse efectiva la misma por cuanto su destitución se constituyó en ilegal, debido a la inamovilidad funcionaria a la cual tenía derecho por su estado de embarazo, por consiguiente no se tiene por lesionado el derecho a la seguridad social por cuanto a tiempo de interponer la presente acción de amparo constitucional no acreditó el cumplimiento de tiempo mínimo por el cual tenga derecho a acceder a los subsidios correspondientes.