Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0418/2013
Fecha: 27-Mar-2013
I.2.2. Informe de la autoridad demandada
María Angélica López Morales, en audiencia señaló que a la accionante no se le despidió por su embarazo sino por su trabajo ineficiente, se le hizo llamadas de atención verbales y por escrito, realizó informes psicológicos deficientes e incluso provocó tres motines por parte de los internos, haciendo caso omiso a las recomendaciones desde el 2011 inclusive.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Excepción al principio de subsidiariedad en la acción de amparo constitucional: protección a mujer trabajadora en estado de gestación. Jurisprudencia reiterada
- III.2. Inamovilidad funcionaria de la mujer trabajadora en estado de gestación
- III.3. Derecho de petición de personas pertenecientes a grupos de atención prioritaria
- III.4. Asignaciones familiares por contingencia de maternidad: subsidios pre natal, natalidad y lactancia
- III.5. Análisis del caso concreto
- 1. Respecto a la inamovilidad de la trabajadora embarazada
- 2. Respecto al derecho de petición
- 3.1.
- 3.2. Haberes y subsidios devengados