AUTO CONSTITUCIONAL 0125/2013-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0125/2013-CA

Fecha: 09-Abr-2013

Fragmento 4

Por Resolución 013/2009 de 5 de mayo, cursante de fs. 202 a 203, el Jefe Departamental del Trabajo de Chuquisaca del Ministerio de Trabajo -ahora Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social-, rechazó el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad -hoy acción de inconstitucionalidad concreta- bajo los siguientes fundamentos: 1) Los argumentos sostenidos por los denunciantes resultan ser manifiestamente infundados; 2) En el presente caso la autoridad laboral a la que se le solicita promueva el incidente de inconstitucionalidad ya se pronunció y emitió criterio mediante Resolución Administrativa 05/2009; y, 3) La promoción del recurso ante el Tribunal Constitucional para el caso de “esta autoridad administrativa” no tiene razón jurídica.