DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2013

Fecha: 25-Abr-2013

podrá

En el caso analizado salta a la vista que el legislador ordinario en el art. 5 del proyecto de ley en consulta determina como una obligación facultativa de la Asamblea Legislativa Plurinacional el aprobar el Presupuesto General del Estado, así el referido artículo señala “…el Pleno de la Asamblea Legislativa Plurinacional podrá considerar,…”, cuando el texto constitucional manda de manera imperativa a la Asamblea aprobar el presupuesto general del Estado, este cambio del verbo -deberá por podrá- implica un reforma constitucional, que no es posible de ser realizada a través de una ley, en ese sentido, al no ser viable  cambiar un deber constitucional por una facultad legal, la norma planteada en el proyecto resulta ser inconstitucional.