El Magistrado que suscribe, ha expresado su disidencia con laSCP 0231/2013-Lde 10 de abril de 2013; en base a los siguientes fundamentos:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El Magistrado que suscribe, ha expresado su disidencia con laSCP 0231/2013-Lde 10 de abril de 2013; en base a los siguientes fundamentos:

Fecha: 10-Abr-2013

III.    CONCLUSIÓN DEL CASO EN ANÁLISIS, Y APLICACIÓN DEL FUNDAMENTO JURÍDICO DE MEDIDAS DE HECHO AL CASO CONCRETO

Expuestos los antecedentes del caso, se puede establecer que sobre el inmueble que se denuncia fue objeto de medidas de hecho, se halla establecida con plenitud la titularidad de derecho propietario, a favor del ahora accionante Roger Ichazo Romero, derecho que éste último adquirió a través de usucapión decenal, que se deduce cuenta con sentencia ejecutoriada pasada en autoridad de cosa juzgada, pues esta se halla inscrita en DD.RR como consta en los antecedentes II.6, 8, 9, y 10 del presente voto disidente, de donde se evidencia incluso que el accionante cuenta con folio real 7.01.1.99.0025919 de 28 de abril de 2001, sobre el bien inmueble ubicado en la UV 44 manzana 50, que denuncia fue objeto de medidas de hecho.