en toda sociedad que se precie de civilizada se busca alcanzar esta meta reafirmando los principios de estabilidad e inamovilidad funcionaria como regla y como excepción el despido
La estabilidad en la faena genera en el trabajador seguridad, paz y confianza para el adecuado desempeño de sus funciones, sin la presión que ejerce sobre la conciencia de la persona la inseguridad e inestabilidad laboral con la posibilidad cierta -a mediano plazo- de ser despedida de su trabajo arbitrariamente y muchas veces solo por el capricho de los que ostentan temporalmente el poder o dirección del centro laboral e institucional. La estabilidad laboral genera mejores condiciones de trabajo y obtener del trabajador todas sus potencialidades que irán en beneficio del resultado del trabajo eficiente y eficaz, es necesario erradicar el fantasma del despido arbitrario sin previo proceso, de donde resulta que en toda sociedad que se precie de civilizada se busca alcanzar esta meta reafirmando los principios de estabilidad e inamovilidad funcionaria como regla y como excepción el despido previo proceso por faltas disciplinarias previamente tipificas por ley anterior a los hechos que sirvan de base para su investigación, procesamiento y sanción.
La estabilidad laboral, tiende a otorgar un carácter permanente a la relación de trabajo, donde la disolución del vínculo laboral, depende únicamente de la voluntad del trabajador y sólo excepcionalmente, por causas que hagan imposible su continuación, de lo que se desprende que la estabilidad, constituye un derecho para el trabajador que, por supuesto, le exige el cumplimiento de las obligaciones inmersas a la naturaleza del trabajo…” (las negrillas me corresponden).
Guillermo Cabanellas de Torres con acierto afirma:” La situación entre patronos y trabajadores es distinta en este problema. En el caso de que un trabajador, sin alegación de causa justificada, deje su empleo, no perjudica muy gravemente al patrono, porque éste encuentra con facilitad, quizás inmediatamente, un reemplazante; en cambio, el trabajador despedido, principalmente en época de crisis de trabajo, debe agotar sus ya escasas reservas económicas antes de lograr otro empleo para su actividad”.
- Partes: Lieselotte Esther Quitón Quispe, Xenia Ivonne Mercado Rivera, Daniel Kevin de la Torre Rodríguez, Daniel Alejandro Sandi Salinas, Angélica Claudia Cosme Espinoza, Jaime Arturo Ascarrunz Lemon, Rodolfo Moreira Medrano, Álvaro David Gutiérrez Espinoza, Karey Cecilia Carvajal Quispe, Álvaro Francisco Urdininea Dupleich, Ruth Lenny Chávez, Giovanka Sonia Sempertegui Ajhuacho, Gisela Rosario Marañon Baldiviezo, Magaly Roxana Narváez Bueno, Neiva Darlene Ferrufino Denaui, Jaime Ortiz Condori, Katushka Susana Paredes Urquieta, Ricardo Delgadillo Mercado, Rodrigo Fernando García Besares, Daniela Cecilia Arzabe Ruíz, Daniel Vicente Rivera Renner, Irma Norah Condori Morales
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- REVOCA
- Fragmento 4
- un voto disidente implica un desacuerdo que incide y se traduce en el decisum o decisión, o en una ratio decidendi o rationes decidendis,
- II.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Su esencia tutelar hace que esta acción tenga un alcance preventivo y correctivo
- el ámbito del amparo constitucional como garantía de derechos fundamentales, no alcanza a definir derechos ni analizar hechos controvertidos, pues esto corresponderá -de acuerdo al caso- a la jurisdicción judicial ordinaria o administrativa, cuyos jueces, tribunales o autoridades de acuerdo a la materia, son las facultadas para conocer conforme a sus atribuciones específicas las cuestiones de hecho
- II.4. La estabilidad laboral como derecho fundamental y el ámbito de su protección
- en toda sociedad que se precie de civilizada se busca alcanzar esta meta reafirmando los principios de estabilidad e inamovilidad funcionaria como regla y como excepción el despido
- Se prohíbe el despido injustificado
- la trabajadora o trabajador podrá interponer las acciones constitucionales que correspondan
- 1)
- II.5. El cobro de beneficios sociales implica renuncia a solicitar reincorporación laboral
- 2)
- 4)
- REVOCAR
