Sentencia: 0203/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0203/2013-L

Fecha: 08-Abr-2013

II.5.  El cobro de beneficios sociales implica renuncia a solicitar reincorporación laboral

La SCP 0222/2012 de 24 de mayo, que cita a la SC 0002/2010 de 20 de septiembre, señaló: “…De los antecedentes citados, se evidencia a momento de la emisión de las Resoluciones ahora impugnadas, la vigencia del DS 28699, que otorga al trabajador el derecho de optar por el pago de sus beneficios sociales o por su reincorporación en casos de despidos injustificados; norma que fue reglamentada mediante RM 551/06, que establece el procedimiento administrativo que debe desarrollarse para los casos de reincorporación laboral…´.

Por consiguiente, se puede establecer que un trabajador, puede recurrir ´si así lo desea´, toda vez que le es facultativa y potestativa dicha elección, acudir ante el Ministerio de Trabajo, Empelo y Previsión Social para solicitar su reincorporación o solicitar el pago de sus beneficios sociales. Siendo el propio art. 10 del DS 28699, el que confiere a los trabajadores ambas alternativas: a) Solicitar el pago de sus beneficios sociales, dando por terminada la relación laboral una vez efectuado el cobro de los mismos; ó, b) Solicitar su reincorporación. Siendo excluyente una de la otra´”.