SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0142/2013-L
Fecha: 02-Abr-2013
1)
Juan Carlos Fernández Caprirolo, Iván Cossío Llanos y María Gisela Ferrel Quintana, mediante informe escrito cursante de fs. 127 a 132, señalaron lo siguiente: 1) El 2 de junio de 2010, recibieron una misiva, ASFI/DSR II/R-52868/2010 de la ASFI por la cual observaron que cuatro Directores (dos de cada Consejo) estarían impedidos de ejercer el cargo, entre ellos la accionante, de conformidad con los arts. 10 y 32 de la Ley de Bancos y Entidades Financieras (LBEF), por cuanto al mismo tiempo era Jefa Regional de contabilidad dependiente de la Caja Nacional de Salud (CNS); por tanto, era funcionaria pública; 2) Por carta ASFI/DSR II/R-743542010 de 27 de julio de 2010, ASFI conminó a la Cooperativa al acatamiento de lo dispuesto indicando que el incumplimiento comprende la imposición de sanciones, finalmente se dispusó la destitución de la accionante de su cargo, para posteriormente elegir a los directores de los cargos en vacancia; 3) El 27 de enero de 2011, se puso en conocimiento de la Asamblea de Socios la observación y la cesación de directores, oportunidad en la que la accionante a tiempo de hacer uso de la palabra no impugnó la determinación del Consejo y al contrario, manifestó su conformidad con su cesación, la referida Asamblea unánimemente resolvió ratificar la cesación de la misma, en 10 de abril de 2011, aclaran que la accionante demandante participó emitiendo su voto, en el acto eleccionario de los nuevos directores; y, 4) Solicitaron se declare la improcedencia del recurso por no haber cumplido con el principio de la subsidiariedad, al no haber apelado en su oportunidad de acuerdo a los arts. 10 inc. f), 25 inc. j), 26 inc. d) del Estatuto de la mencionada Cooperativa.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la
- Fragmento 3
- 1)
- “IMPROCEDENTE”
- I.3 Consideraciones de sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional: naturaleza jurídica, objeto y ámbito de protección
- III.2. De los actos consentidos libre y voluntariamente
- III.3. Con relación a la terminología actual
- III.4.
- CONFIRMAR