Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0142/2013-L
Fecha: 02-Abr-2013
II.3.
II.3. El 26 de agosto de 2010, el Presidente y Secretario del Consejo de Administración de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Abierta “Pio X” Ltda., solicitan a la accionante que presente una certificación de su trabajo, señalando las funciones que realiza, nombre y cargo de su superior jerárquico, (fs. 25); en la misma Asamblea General Extraordinaria, resolvieron aprobar la determinación del Consejo de Administración y cesar en sus funciones a la accionante (fs. 42 a 44).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la
- Fragmento 3
- 1)
- “IMPROCEDENTE”
- I.3 Consideraciones de sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional: naturaleza jurídica, objeto y ámbito de protección
- III.2. De los actos consentidos libre y voluntariamente
- III.3. Con relación a la terminología actual
- III.4.
- CONFIRMAR