SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0150/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0150/2013-L

Fecha: 02-Abr-2013

Fragmento 3

Rivaldina Barrero Martínez, en legal representación de la autoridad demandada, Felix Rojas Gutiérrez, Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social, presentó informe de fs. 221 a 222 vta. y en audiencia mediante su abogado, expresó lo siguiente: 1) La Resolución Ministerial 548/10, resolvió el recurso jerárquico “emergente del reconocimiento del directorio del sindicato de la Caja Petrolera de Salud departamental Santa Cruz SINTRA-CPS.SC mediante la Resolución Administrativa N° 153/09 emitida por el Jefe Departamental de Trabajo de Santa Cruz” (sic); 2) Los accionantes tenían la vía de la demanda contencioso administrativa, que no fue interpuesta por los mismos, por lo que inviabilizaron la presente acción, siendo que la acción de amparo constitucional procede siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados; 3) La Resolución Administrativa 153/09, fue impugnada por los dirigentes de PETROLCAJA y los miembros de la Federación de la CPS, argumentando se “violento la Resolución del Ampliado Nacional de la Central Obrera Boliviana de 17 de junio de 2009” (sic); Resolución que sanciona a los dirigentes que hagan paralelismo sindical, dividiendo sus organizaciones, por lo que considerando que el Sindicato SINTRA-CPS SC, un sindicato paralelo en la Caja Petrolera de Salud - Santa Cruz, el cual no reúne los requisitos exigidos en el Estatuto orgánico del Sindicato de Empleados de la Caja de Seguro Social de Trabajadores petroleros de Santa Cruz; 4) Dicho Recurso fue resuelto mediante RA 008/2010 de 18 de febrero, por el Jefe Departamental de Trabajo de Santa Cruz, que fue impugnado mediante recurso jerárquico solicitando se revoque la misma, en base a lo referido, alegando además que el Secretario Ejecutivo del Sindicato SINTRA-CPS SC, Wilter Guzman Cuellar, “fue expulsado por la Central Obrera Departamental de Santa Cruz inhabilitándolo para ejercer cualquier cargo de dirección sindical en cualquier organismo afiliado a la COD” (sic), en contradicción a la Resolución Suprema 70174; Asimismo, haciendo referencia que Isidoro Rivas Brito quien es Secretario General del referido sindicato, es Jefe Departamental de Salud de Santa Cruz, en contradicción al DS 12097 de 31 de diciembre de 1974, que prohíbe a quienes ocupen cargos jerárquicos ser miembros de las directivas de los sindicatos; y, 5) Los accionantes confunden la revocatoria de la resolución administrativa que reconoce al sindicato con desafuero sindical, con la revocatoria del reconocimiento de su directiva sindical.