SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0162/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0162/2013-L

Fecha: 02-Abr-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Refieren que el 4 de febrero de 2011, se les comunicó de manera formal y oficial que en reunión de socios de 3 del mes y año señalados, se determinó la suspensión temporal en el servicio de radio taxi, quedando inhabilitadas sus unidades para trabajar con la central a partir de la comunicación antes referida, debiendo sacar los logotipos de sus unidades y entregarlos en secretaría. Ante esta situación, pidieron que se deje sin efecto la suspensión temporal y se les reincorpore a su fuente de trabajo, sin recibir una respuesta formal a su petición; sin embargo afirman que aquella situación será objeto de otra acción de amparo constitucional. Posteriormente, por memoriales de 13 y 19 de mayo del 2011, con la finalidad de hacer valer sus derechos; solicitaron, a Julio Vedia Cruz, Presidente de la “Asociación FULL Movil A.T.L.”, que se les extienda documentación legal consistente en certificaciones y oficios, sin que a la fecha de interposición de la presente acción de amparo constitucional, hayan obtenido respuesta a su petición.