SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0194/2013-L
Fecha: 08-Abr-2013
II.3.
II.3. Nota de 8 de noviembre de 2010, presentada por Edgar Daniel Soriano Lea Plaza ante la Directiva del Consejo de Administración de COMTECO Ltda.; en la que señala que habiendo transcurrido diez días desde que Carola Claudia Mancilla Ballesteros renunció al cargo electo de tercera Directora suplente, no se oficializó su suplencia o habilitación a dicho cargo siendo a quien correlativamente corresponde asumir dicha función (fs. 6); Nota de 26 de noviembre de 2010, presentada por Edgar Daniel Soriano Lea Plaza dirigida al Presidente y Directores del Consejo de Administración de COMTECO Ltda.; en el que nuevamente plantea su suplencia, haciendo una interpretación del art. 27 del Reglamento de Elecciones de dicha Cooperativa (fs. 7 a 9).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la naturaleza jurídica de la acción de
- III.2.1. Derecho a ser elegido
- III.2.2. Derecho al trabajo
- III.2.3. Derecho al debido proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR