SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0203/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0203/2013-L

Fecha: 08-Abr-2013

I.2.3. Intervención del tercero interesado

La tercera interesada, Evelyn Mery Viscarra Gutiérrez, Jefa Departamental de Trabajo, presentó informe escrito cursante de fs. 597 a 598, manifestando lo siguiente: El 9 de mayo de 2011, el Jefe Departamental de Trabajo Jhonny Saique Gutiérrez, citó a las empresas AXS Bolivia S. A. y TELECEL S.A., a objeto de sostener una audiencia conjuntamente con los sindicatos de ambas empresas, ante el despido masivo por resolución de contratos, instaurada la etapa conciliatoria, el inspector asignado al caso estableció que TELECEL S.A., terció el servicio de atención al cliente por intermedio de la AXS Bolivia S.A. y las actividades terciarizadas son propias y permanentes del giro de TELECEL S.A., no habiendo llegado a un acuerdo conciliatorio el 27 de mayo de 2010, emitieron la conminatoria JDTLP/DS 0495/JSG/ 045/2011 por el que ordena a TELECEL S.A., reincorpore a todos los trabajadores por haberse producido un despido injustificado, por consiguiente vulnerando la estabilidad laboral.

Asimismo, el abogado de AXS Bolivia S.A., tercero interesado, emitió informe en audiencia bajo los siguientes argumentos: Los trabajadores han presentado una denuncia de reincorporación ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social,  en el marco de lo que establece la Norma Suprema, los DDSS 495, 421 y la RM 868/10, solicitaron la reincorporación porque ellos prestaron trabajos tercerizados; es decir, prestaron un trabajo inherente y propio para el giro comercial de TELECEL S.A., cada uno de ellos atendía a sus clientes en  servicios de telefonía móvil, cuando alguno tenía problemas, llamaba al número de la referida empresa, siendo atendido por uno de los trabajadores que se encuentra ahora demandando; AXS Bolivia S.A. es del rubro de las telecomunicaciones, por lo que cuenta con un centro de atención a clientes signado con los números 819 y 811, en el caso de TELECEL S.A., es el 817.