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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2013-L

    Fecha: 08-Abr-2013

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • “Por las características de contrato que ud. Ha suscrito con PRODII y por el mismo hecho que los fondos que recibimos para su desarrollo laboral provienen de la cooperación internacional como es el DED, el mismo esta en base a los proyectos que se ejecutan y en el caso de su persona el mismo finaliza el 31 de diciembre su contrato laboral, por lo mismo su contrato fue a plazo fijo y consultando con las autoridades de la jefatura regional de trabajo empleo y previsión social en Llallagua, quiero manifestar que lamentablemente no podemos atender su solicitud de atención a los beneficios que ud. nos ha presentado”
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2. De la protección constitucional a la mujer en estado de embarazo
    • III.3. Los contratos laborales a plazo fijo, su relación con la protección a la mujer en estado de embarazo
    • III.4. Marco normativo previsto por los DDSS 28699 y 0012
    • III.5. Sobre el derecho de petición
    • III.6. Análisis del caso concreto
    • 2º

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