Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0216/2013-L
Fecha: 08-Abr-2013
II.1.
II.1. La parte accionante mediante memorial de 16 de enero de 2008, cursante de fs. 13 a 19 vta., demandó la revocatoria de la Resolución determinativa GGSC-DJCC 0436/2007, solicitando la anulación de obrados hasta el vicio más antiguo; es decir, hasta la notificación con la orden de verificación, la demanda fue resuelta mediante Resolución de alzada STR-SCZ/RA 0057/2008 de 18 de abril, emitida por la Superintendencia Tributaria, confirmando la citada Resolución determinativa (fs. 25 a 34).
- acción de amparo constitucional,
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- I.3. Consideraciones de sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- Fragmento 13
- III.2. En cuanto a la interpretación de la legalidad ordinaria
- III.3. La autolimitación en la justicia constitucional y la interpretación de la legalidad ordinaria
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR