Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0230/2013-L
Fecha: 10-Abr-2013
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, a través de su Sala Liquidadora Transitoria, en virtud a lo previsto en el art. 20.II de la Ley 212 de 23 de diciembre de 2011; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 07/2011 de 30 de abril, cursante a fs. 30 y vta., pronunciada por el Juez de Partido y de Sentencia de Puerto Suárez, provincia German Busch del Distrito Judicial -ahora departamento- de Santa Cruz; y, en consecuencia CONCEDER la tutela en forma provisional, entretanto se dilucide el conflicto sobre los linderos, por la autoridad judicial competente.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- siempre que no hubiere otro medio o recurso para su protección inmediata”
- III.5. Análisis del caso concreto
- III.6. Otras consideraciones
- conceder
- CONFIRMAR