SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0238/2013-L
Fecha: 10-Abr-2013
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Con la finalidad de ejercer sus derechos constitucionales y laborales adquiridos en el segundo contrato, cumpliendo sus funciones como docente a tiempo completo el primer año y a “tiempo horario las restantes cuatro gestiones” (sic), solicitó al Rector de dicha Universidad se le declare docente a tiempo indefinido, petición que fue considerada por los asesores de la misma, de la cual emergió un informe favorable; sin embargo, recibió un pre aviso de parte de Juan Justo Roberto Bohorquez Ayala, Rector la Universidad; a cuya consecuencia, a través de la Jefatura Departamental de Trabajo, solicitó su reincorporación, instancia que el 28 de febrero de 2011, emitió la conminatoria 004/2011, para su cumplimiento por la mencionada autoridad; es así que el Rector, después del informe favorable de Asesoría Jurídica respecto al caso, mediante nota de 3 de marzo del citado año, comunicó al Decano de la Facultad de Derecho para que dé cumplimiento a dicha conminatoria; no obstante este último, por carta de 4 del mismo mes y año, incumplió dicho mandato indicando que no existía cogobierno, lo cual vulneraría la autonomía universitaria, considerando de esa manera vulnerados sus derechos y garantías constitucionales.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de los servidores públicos demandados
- concedió
- I.3. Consideraciones de sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional
- Fragmento 15
- III.2.
- III.3. Sobre las reformas legales en materia laboral
- Fragmento 18
- III.
- III.5. Análisis del caso concreto
- III.6. Otras consideraciones sobre el principio de la seguridad jurídica
- CONFIRMAR