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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0238/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0238/2013-L

    Fecha: 10-Abr-2013

    II.3.

    II.3.     Víctor Hugo Cárdenas Paz, Abogado Adjunto de la UATF, mediante nota de 3 de marzo de 2011, dirigida al Rector de la referida institución, manifestó que al ser la conminatoria de cumplimiento obligatorio, se deberá remitir a la Facultad de Derecho para su fiel cumplimiento, quedando abierta la posibilidad de impugnar vía judicial (fs. 15).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • a)
    • I.2.2. Informe de los servidores públicos demandados
    • concedió
    • I.3. Consideraciones de sala
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.   La acción de amparo constitucional
    • Fragmento 15
    • III.2.
    • III.3.  Sobre las reformas legales en materia laboral
    • Fragmento 18
    • III.
    • III.5. Análisis del caso concreto
    • III.6.                                   Otras consideraciones sobre el principio de la seguridad jurídica
    • CONFIRMAR

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