Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0266/2013-L
Fecha: 25-Abr-2013
II.4.
II.4. El Fiscal de Materia dispuso el inicio de la investigación, ordenando al asignado, la elaboración de diligencias preliminares de policía judicial, conforme lo establecido en el art. 293 del CPP, ordenando entre otros aspectos, la notificación a las denunciadas Luz Mery Payva Romero y Ayde Pacheco Rivera, para que presenten su declaración informativa a horas 22:30, siendo notificadas personalmente a horas 21:45 del 22 de mayo de 2011 (fs. 24 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- deniegue
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. Naturaleza jurídica, alcances y ámbitos de tutela de la acción de libertad
- cumplimiento del principio de subsidiariedad
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR