SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0267/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0267/2013-L

Fecha: 25-Abr-2013

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La accionante a través de sus representantes denunció como lesionados sus derechos a la libertad física, a la locomoción y al debido proceso; toda vez que, habiéndose acogido al procedimiento abreviado, fue sancionada con una pena privativa de libertad de tres años,  por lo que, cumpliendo con los requisitos establecidos en el art. 366 del CPP, solicitó la suspensión condicional de la pena, que fue rechazada por la autoridad jurisdiccional, con el argumento que no demostró que el proceso que tenía en Santa Cruz el 2009, no haya concluido con sentencia condenatoria ejecutoriada, pese a que en la misma audiencia presentaron el certificado del REJAP que acreditaba que no tenía antecedentes penales con la referida sanción. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.