SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0269/2013-L
Fecha: 25-Abr-2013
legitimación
En consecuencia, y en virtud a los antecedentes anotados y una vez verificado el incumplimiento del requisito mencionado, conforme a la jurisprudencia constitucional desarrollada en el Fundamento Jurídico III.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, corresponde denegar la tutela solicitada por falta de legitimación activa, pues el poder conferido al accionante no le faculta a interponer la acción de amparo constitucional contra los Vocales de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz demandados; en ese entendido, se concluye que el ahora accionante carece de legitimación activa para interponer la presente acción de amparo constitucional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- Fragmento 8
- II.1.
- II.2.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 16
- III.2.
- poder
- III.3. Análisis del caso concreto
- legitimación
- CONFIRMAR