SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0477/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0477/2013

Fecha: 12-Abr-2013

III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO

El accionante denuncia que las autoridades demandadas a pesar de conocer el procedimiento que se debe seguir en el caso de una excusa, no lo hicieron, dejándolo en un claro estado de indefensión y en una persecución indebida, que atenta a su derecho a la libertad y a la vida, vulnerando su garantía al debido proceso, más aún considerando que la Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal de El Alto -ahora demandada-, a pesar de haberse excusado el 21 de diciembre del 2012, del conocimiento del proceso penal seguido en su contra, hasta el 14 de enero de 2013, no cumplió con la norma y no elevó antecedentes a su inmediato superior en número, su similar Tercera, quien se negó a radicar el mismo, devolviéndolo reiteradamente, por supuestas correcciones que debía subsanar, a cuya consecuencia ambos Juzgados no quisieron recibir memoriales ni otras solicitudes que realizó dejándolo sin una autoridad de control jurisdiccional a la cual recurrir para recuperar su libertad. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela impetrada.