SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0496/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0496/2013

Fecha: 12-Abr-2013

Fragmento 4

Los demandados mediante sus abogados, en audiencia refirieron que: i) Presentaron “una impugnación al Auto de 7 de septiembre” (sic), en la que se fundamentó una relación suscinta de los hechos, observando el derecho de propiedad en un folio real que data del año 2008, un certificado catastral de 2003, ninguno de ellos actualizado, además de no existir un plano de ubicación que determine el área de terreno reclamado; ii) En cuanto a la segunda sub regla, no existe un informe de autoridad competente que determine lo aseverado; y, iii) En el presente caso no se cumplen los principios de subsidiariedad e inmediatez, ya que los accionantes, habiendo presentado una acción penal, el Tribunal Constitucional Plurinacional sería incompetente para resolver la problemática planteada; asimismo, la acción de amparo constitucional debe presentarse en un plazo máximo de seis meses de ocurridos los hechos; en el caso, sus personas “…se encuentran viviendo desde hace dos años atrás, ya que existen recibos de SAGUAPAC y de CRE que avalan esta situación…” (sic).