SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0496/2013
Fecha: 12-Abr-2013
II.1.
II.1. El 13 de julio de 2012, Mario Romeo Bloch Bloch, ante la Dirección Departamental de la Policía de Los Tusequis del departamento de Santa Cruz, formalizó denuncia contra Juan Carlos “Adomei”, Luis Cuellar Melgar y otros, por el presunto delito de allanamiento, señalando que en el mes de marzo estas personas ingresaron a su domicilio ubicado en el kilómetro nueve al norte, colindante con la Facultad de Agronomía de la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno (UAGRM), “ya que estas personas en presencia de mi cuidante habrían ingresado en forma violenta y por seguridad el cuidante se escapó del lugar para no poner en peligro su vida, además cuando se trató de hablar con los denunciados su comportamiento era violento y amenazante”(sic). La denuncia refiere la calidad de víctimas a Catalina Emilia Bakovic de Bloch, Patricia Bloch y Francisco Humberto Bloch Bakovic (fs. 20).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- Fragmento 4
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3
- II.4.
- el objeto
- Fragmento 11
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración
- Fragmento 13
- III.2. La eficacia horizontal y vertical de derechos fundamentales en el nuevo modelo de Estado
- las vías de hecho se definen como el acto o los actos cometidos por particulares o funcionarios públicos, contrarios a los postulados del Estado Constitucional de Derecho por su realización al margen y en prescindencia absoluta de los mecanismos institucionales vigentes para una administración de justicia, afectando así derechos fundamentales reconocidos por el Bloque de Constitucionalidad
- es necesario precisar tres aspectos esenciales para la activación del control tutelar de constitucionalidad:
- Fragmento 17
- cuando se denuncie afectación al derecho a la propiedad, la parte accionante, tiene la carga probatoria específica de acreditar su titularidad o dominialidad del bien en relación al cual se ejerció vías de hecho, aspecto demostrado con el registro de propiedad en mérito del cual se genera el derecho de oponibilidad frente a terceros;
- El control de constitucionalidad estableció cargas probatorias para el accionante frente a vías de hecho,
- presupuestos:
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR