SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0502/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0502/2013

Fecha: 12-Abr-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Refiere que, “el Fiscal de Tarija” presentó imputación formal en su contra y de Nancy Díaz Zeballos, por la presunta comisión del delito de transporte de sustancias controladas, previstos en la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, como resultado del operativo de rutina realizado por funcionarios de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (FELCN), en proximidades del municipio de Camargo del departamento de Chuquisaca, sobre la carretera a Tarija; señala que dichos funcionarios interceptaron el vehículo de “Trans Emperador” en el cual viajaban, encontrando en su interior, a la altura de los asientos 11 y 12, una mochila con la inscripción “extreme”, conteniendo sustancias controladas; posteriormente, en la parte de adelante del bus, detrás del asiento del chofer, se encontró también una bolsa nylon que contenía la misma sustancia controlada, la cual fue confirmada a través de la prueba realizada.

La supuesta autoría por la que se le imputa, surge debido a que su persona como la otra imputada, subieron juntos al motorizado, ubicándose el accionante al fondo del vehículo junto con su equipaje, elaborándose posteriormente el informe policial respecto al operativo realizado, donde se consignan las actuaciones efectuadas por el efectivo policial asignado al caso, como las declaraciones a los imputados, así como a cinco testigos; señalando que se le imputó por delito en flagrancia, lo cual conlleva a la nulidad de actuados por defectos absolutos, por no haber encontrado el objeto material en poder del accionante.

A consecuencia de ello, efectuada la audiencia de medidas cautelares, el Juez demandado, a través de la Resolución de 31 de agosto de 2012, dispuso su detención preventiva en la cárcel pública de Morros Blancos, pese a contar con domicilio en Capinota del departamento de Cochabamba, privándole de su libertad injustamente al no haber valorado correctamente la imputación, vulnerando su derecho de locomoción y de tránsito por el territorio nacional; asimismo, añade que la defensora de oficio del Servicio Nacional de Defensa Pública (SENADEP), no cumplió con el mandato de defenderlo correctamente por no haber apelado contra la referida Resolución, vulnerando sus derechos y garantías constitucionales.