SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0504/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0504/2013

Fecha: 17-Abr-2013

concedió

La Jueza Tercera de Sentencia Penal del departamento de Cochabamba, constituida en Jueza de garantías, pronunció la Resolución 01/2013 de 11 de enero, cursante de fs. 67 a 70, por la que concedió la tutela solicitada, disponiendo que la autoridad demandada fije de inmediato audiencia para la consideración y resolución de cesación de la detención preventiva; con los siguientes fundamentos: 1) El trámite de cesación de la detención preventiva debe regirse por el principio de celeridad consagrado constitucionalmente; 2) La providencia de 16 de noviembre de 2012, exigiendo la autoridad ahora demandada que con carácter previo acompañe pase profesional que corresponda o en su caso aclare copatrocinio, contraviniendo lo dispuesto por el art. 102 del Código de Procedimiento Penal (CPP); y, 3) Los memoriales presentados el 4 y 27 de diciembre de 2012, recién fueron providenciados el 10 de enero de 2013, señalando audiencia para el 21 del citado mes y año, resoluciones emitidas tardíamente, que vulneran el plazo estipulado en el art. 132 inc. 1) del CPP, asimismo, desconociendo los arts. 115 y 180.I de la CPE, no cumpliendo con el debido proceso en la tramitación de la causa.