SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2069/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2069/2013

Fecha: 25-Abr-2013

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante a través de su representante, denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad y locomoción, así como a la “seguridad jurídica”, alegando que ante la solicitud de cesación a su detención preventiva presentada, el Juez demandado no señaló audiencia, a pesar de que la jurisprudencia constitucional determinó que en estos casos se debe señalar audiencia en un plazo entre tres a cinco días, ocasionando una detención ilegal y generándole indefensión.