El Magistrado que suscribe, ha expresado su disidencia con la SCP0382/2013-L de 28 de mayo; en base a los siguientes fundamentos:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El Magistrado que suscribe, ha expresado su disidencia con la SCP0382/2013-L de 28 de mayo; en base a los siguientes fundamentos:

Fecha: 28-May-2013

II.1.

II.1.  Refiere que la Escuela de Comando y Estado Mayor del Ejército, el 24 de octubrede 2004, lanzó la convocatoria 02/04, para el segundo "Curso de Estado MayorEspecial" a realizarse en 2005, convocando a todos los Oficiales Superiores de laspromociones 77 “A",77 "B”,78,79 y 80, con y sin profesión libre a postular a lamisma. Afirma que en su condición de Teniente Coronel del Ejército, en formaobligada y bajo la amenaza de no ascender a "Coronel", postuló y realizó elmencionado curso en la escuela antes indicada, con una duración de diez meses,de enero a noviembre de 2005; sin embargo, en el acto de clausura se le hizoentrega de un simple certificado de egreso y un certificado de notas obtenidas,que demuestran que concluyó satisfactoriamente el curso con una nota de 8,92.Posteriormente el Comandante General del Ejército, emitió la ResoluciónAdministrativa (RA) 186/05 de 12 de agosto de 2005, que en su art. 1 dispusoque a todos los Oficiales Superiores que culminen satisfactoriamente el "Curso deEstado Mayor Especial", se les otorgaría el Diploma que acredite el vencimiento de"Diplomado en Estado Mayor Especial". Considera que la referida ResoluciónAdministrativa debió ser aplicada a su caso por encontrarse vigente al momentode la clausura de su curso.