SCP 0559/2013 de 15 de mayo
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SCP 0559/2013 de 15 de mayo

Fecha: 15-May-2013

al cual efectivamente asiste el querellante

Consiguientemente, la autoridad demandada, no puede utilizar de fundamento, un actuado procesal que por una parte no fue reclamado en su oportunidad y que fue aceptado por el Juez en primera instancia como acredita el decreto de 13 de diciembre de 2011, en el cual, inclusive se dispone nueva audiencia para el 27 de enero de 2012, al cual efectivamente asiste el querellante (fs. 137); evidenciándose que estos antecedentes y actuados procesales, de ninguna manera pueden acreditar o demostrar incuestionablemente la voluntad e interés del querellante ahora accionante de abandonar la querella conforme estable la interpretación realizada en los Fundamentos Jurídicos III.2.1 y III. 2.2. de la presente disidencia.