SCP 0559/2013 de 15 de mayo
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SCP 0559/2013 de 15 de mayo

Fecha: 15-May-2013

III.3.2.  Sobre la actuación de los Vocales

De la misma forma, las autoridades demandadas llegan a la misma conclusión que el Juez a quo, al indicar que la suspensión de las dos audiencias (6 de diciembre de 2011 y 13 de marzo de 2012) por la inasistencia del querellante, demuestra el interés del querellante en abandonar la querella debido a su negligencia; sin embargo, la autoridades demandadas, bajo los principios de equilibrio, eficacia, debido proceso entre otros, tenían la obligación de subsanar los errores y omisiones cometidas por el Juez inferior al momento de declarar el abandono de la querella, quien no percató objetivamente y materialmente en primera instancia que la voluntad del ahora accionante, en ningún momento fue el desistir con la persecución penal que el mismo promovió a través de la solicitud de conversión de acciones, por lo siguiente:

3. El accionante demostró su interés y voluntad incuestionable de seguir con la acción penal, al haber presentado posterior de cada audiencia suspendida, las circunstancias y razones de su inasistencia; aspecto que fue aceptado por la autoridad codemandada al haber señalado nuevas audiencias en ambos casos.