SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0289/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0289/2013-L

Fecha: 06-May-2013

III.3.

Ahora bien, se debe tomar en cuenta que las decisiones emitidas en el ámbito familiar, no sólo irradian a las partes en litigio, sino a toda una familia, misma que goza de protección constitucional y por lo tanto, se constituyen de interés general, en ese sentido dichas decisiones deberán ser de tal forma que el juez de familia no sólo tenga la obligación de aplicar de forma técnica-jurídica las leyes de la materia, sino personal y humana, por lo que, lo mínimo que se espera de éstas autoridades, es que se resguarde a la garantía del debido proceso en las causas sometidas a su conocimiento, eso sí, siempre en atención a que ninguna familia es igual, así como ningún problema familiar es idéntico, constituyéndose entonces que la labor del juez de familia, es de extremo delicada, pues de sus decisiones dependerá que el núcleo fundamental de la sociedad se vea consolidado o en su caso quebrantado.