Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0325/2013-L
Fecha: 15-May-2013
II.2.
II.2. Mandamiento de condena librado el 26 de marzo de 2009, por Aníbal Miranda Balboa, Juez Tercero de Partido en lo Penal de La Paz, en suplencia legal de su similar Primero contra el accionante, ordenando su aprehensión y el cumplimiento de la pena de cinco años de reclusión por el delito de “estafa y otros”; habiéndose dado cumplimiento a dicha orden el 14 de julio de 2011 (fs. 82 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- conceda
- I.2.1. Ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- concedió en parte
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Legitimación pasiva en la acción de libertad
- La acción sea dirigida contra la autoridad que impartió o ejecutó la orden que dio lugar a la persecución, aprehensión, detención, procesamiento o apresamiento indebidos o ilegales
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR