SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0326/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0326/2013-L

Fecha: 15-May-2013

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante aduce como vulnerados sus derechos a la defensa y al debido proceso, toda vez que como emergencia de una intervención policial suscitada en 2008, fue objeto de proceso administrativo, por la supuesta comisión de faltas disciplinarias previstas en los arts. 6 INCISO “A” NUMERALES 3) y 8), INCISO “B” NUMERALES 16) y 20), INCISO “D”) NUMERALES 2), 12) y 13) del RFDSPN; ante ello, opuso excepción de prescripción además de diferentes incidentes por defectos absolutos, por Resolución 010/10 de 10 de agosto se declaró probada la cuestión previa de prescripción con relación a la falta disciplinaria establecida en el art. 6 INCISO “A” numerales 3 y 8 e INCISO “B”) NUMERALES 16) y 20) del RFDSPN e improbada la excepción de prescripción presentada por los procesados con relación a las faltas disciplinarias establecidas en los NUMERALES 2), 12) y 13) del mencionado Reglamento.

Ante la formulación de la acción de cumplimiento presentada por otro de los procesados, mediante Resolución de 27 de agosto de 2010, se ordenó al Tribunal Disciplinario Departamental de la Policía, remita en el término de veinticuatro horas los antecedentes para que el Tribunal Disciplinario Nacional resuelva los recursos de apelación planteados, empero con carácter anterior a la emisión del referido fallo y en conocimiento de ésta el Tribunal Disciplinario ya había pronunciado la Resolución de fondo 146/2010 y dispuso conceder las apelaciones interpuestas contra el Auto 010/10, es así que el Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Boliviana emitió la Resolución 916/2010 que admitió que las supuestas faltas disciplinarias fueron cometidas el 2008, por lo que prescribieron; resolviendo confirmar el Auto motivado 010/10 y disponiendo la devolución de obrados al Tribunal de origen; planteadas las apelaciones el Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Boliviana pronunció la Resolución 1115/2010 por la que se declararon improbadas las apelaciones planteadas contra la Resolución 146/2010 de 18 de agosto.