SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0378/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0378/2013-L

Fecha: 27-May-2013

1)

Richard Santander Gómez, Agustina Vidal, Roberto Román Vaca, Jaime Copaja y “otros”, asumiendo defensa por medio de sus abogados manifestaron: 1) Los terrenos a los cuales ingresaron, estaban en completo abandono, llenos de maleza, trabajando despejaron el lugar; la Alcaldía aproximadamente hace tres meses atrás -con su maquinaria- abrió caminos; 2) Directamente no se puede acudir a un “recurso” extraordinario, si se causó daño a la propiedad de la “recurrente” debió interponer interdicto de recobrar la posesión, querella de despojo o en su caso, demanda ordinaria de mejor derecho propietario, y no directamente acción de amparo constitucional, por cuanto ésta no es sustitutiva de los recursos ordinarios; y, 3) Para plantear el “recurso” debió agotarse en todas las vías, en el presente caso se incumplió el principio de subsidiariedad, concluyendo  solicitaron que se declare improcedente la presente acción.