SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0394/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0394/2013-L

Fecha: 27-May-2013

III.4.   Análisis del caso concreto

Con carácter previo, a ingresar a analizar la presente problemática, corresponde a este Tribunal aclarar, que si bien los accionantes, consignaron en su demanda de amparo que, Abel Carmona Maraza y Mario Ricardo Flores Ibarra, fueron despedidos el 28 de febrero de 2008; sin embargo, de los datos expuestos en la misma demanda, así como de las pruebas adjuntas, se evidencia que la referida cesación laboral, no fue en aquella fecha, sino más bien el 28 de febrero de 2011; situación por lo cual, corresponde -al haberse incurrido en lapsus calami de parte del accionante-, realizar el análisis de la presente acción, tomando en cuenta esta última fecha, por ser la correcta.