Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0629/2013
Fecha: 28-May-2013
1.
1. Tanto las accionantes como la autoridad demandada reconocen el hecho de que se habría apelado contra la Resolución del Juez demandado de no proceder a la solicitud de saneamiento del proceso civil de no haber incluido a las accionantes en el proceso de reivindicación, situación que mereció el Auto de Vista de 17 de julio de 2012;