SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0642/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0642/2013

Fecha: 28-May-2013

III.5. Análisis del caso concreto

De la documentación que informan los antecedentes del proceso, se evidencia que María Luisa Aliaga Mita interpuso una acción de libertad contra los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, habiendo el Tribunal de garantías, mediante Resolución 01/2013 de 18 de enero, concedido la tutela impetrada, dejando sin efecto el Auto de Vista 88/2012 que disponía la detención preventiva de la accionante, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público por la presunta comisión del delito de estafa, y disponiendo que la mencionada Sala emita un nuevo Auto de Vista debidamente motivado y fundamentado.

En el presente caso, se interpuso la acción de libertad contra los miembros de la Sala Penal Tercera, que fungió como Tribunal de garantías, en una anterior acción de defensa, aduciendo que no dispusieron la emisión del mandamiento de libertad, pero conforme al Fundamento Jurídico III.4 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, no corresponde a través de una nueva acción constitucional revisar o impugnar una sentencia dictada dentro de otra acción, más aún cuando la primera resolución fue confirmada por este Tribunal mediante la SCP 0531/2013 de 8 de mayo.

Por otro lado, si la parte accionante no se encontraba conforme con la Resolución 01/2013 de 18 de enero, emitida por el Tribunal de garantías de acción de libertad, la misma tenía la posibilidad de solicitar aclaración, enmienda y complementación en la audiencia de dicha acción tutelar, o en su caso dentro las veinticuatro horas desde la notificación escrita, conforme al art. 36.9 del CPCo.