Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0650/2013
Fecha: 29-May-2013
acción de libertad restringida
Tampoco se ha verificado que la autoridad judicial en un evidente acto de arbitrariedad esté hostigando, acosando, persiguiendo, perturbando al accionante sin que exista motivo ni fundamento legal alguno, es decir, una justa causa que constituya una amenaza inminente a su privación de libertad personal, para que se active la acción de libertad restringida; por el contrario, el motivo legal que propició que el accionante presente objeción de querella pidiendo su rechazo y archivo de obrados, fue el proceso iniciado en su contra a querella del ciudadano Erik Gustavo Rodríguez por la supuesta comisión de delitos contra el patrimonio (Conclusión II.1).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- es posible el planteamiento de la acción de libertad ante el juez o tribunal penal que le resulte más accesible al accionante
- III.2. Jurisprudencia reiterada sobre la obligación constitucional de los demandados de una acción de libertad de presentar informe o concurrir a la audiencia
- 1) Efectos procesales dentro de este proceso constitucional
- 2) Efectos penales por desobediencia o resistencia a las decisiones judiciales de la justicia constitucional.
- ante la verificación de la resistencia o desobediencia de los funcionarios públicos a presentar informe o concurrir a la audiencia o presentar los actos procesales que requiera el juez o tribunal de garantías
- Fragmento 12
- III.3. Jurisprudencia reiterada: La persecución ilegal o indebida objeto de protección de la acción de libertad preventiva y restringida
- 1) Acción de libertad preventiva.
- no prospera una acción de libertad preventiva
- 2) Acción de libertad restringida.
- III.3.1. Análisis del caso concreto
- acción de libertad preventiva
- acción de libertad restringida
- 2º Llamar la atención