Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL0300/2013-L
Fecha: 06-May-2013
II.8.
II.8. Por el formulario de citación oficial de 22 de agosto de 2011, suscrito por los demandados, se evidencia que éstos, identificando al Fiscal Carlos Rudy Parada Soleto, citaron al accionante, para que se presente bajo conminatoria de ley, a prestar su declaración informativa policial el 27 del mismo mes y año a horas 9:00, en las oficinas de la FELCC, división Propiedades, dentro de las investigaciones realizadas por el Ministerio Público y la Policía Boliviana por el delito de robo y otros (fs. 5 y 43). Consta a fs. 43 vta., que al no haberse encontrado al accionante, se dejó una fotocopia en la puerta del domicilio de éste.
- acción de libertad
- I.1.1
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- El informalismo
- III.2. Competencia del juez cautelar como contralor de la investigación
- III.3. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR