En revisión la Resolución 102/2013 de 22 de marzo, cursante de fs. 1180 a 1183 vta., pronunciada dentro de la
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

En revisión la Resolución 102/2013 de 22 de marzo, cursante de fs. 1180 a 1183 vta., pronunciada dentro de la

Fecha: 27-Jun-2013

…el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar

Las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0791/2012 y 0309 /2013 sistematizando la jurisprudencia respecto al derecho al debido proceso, en base a las SSCC 1756/2011-R y 0902/2010-R, estableció que: “…Considerando los criterios de la doctrina, en su jurisprudencia previa este Tribunal ha señalado que el debido proceso consiste en '…el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar (...) comprende el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos' (SSCC 0418/2000-R, 1276/2001-R y 0119/2003-R, entre otras).