SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0467/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0467/2013-L

Fecha: 07-Jun-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Refiere que suscribió un contrato de anticrético con Rosa Quiroga de Rivera, y que transcurrido el año forzoso, faltando unos meses para que se cumpla el año voluntario, manifestó a la propietaria su intención de dejar el inmueble. A partir de ese momento, indica que la ahora demandada le cerró las puertas del baño, privándole a ella y a su hija de siete años de edad, del servicio higiénico;  posteriormente, la referida propietaria, conjuntamente con su hija, le faltaron el respeto, le agredieron y quisieron ingresar a su cuarto. Por último, procedió a cambiar el candado la puerta de calle, impidiéndole el ingreso al mismo, sin que hasta ahora pueda sacar la ropa ni los útiles escolares para que su hija pueda estudiar y asistir al colegio; asimismo se han visto privadas de techo, así como de medios para preparar sus alimentos.

También refiere que el acto ilegal quedó confirmado cuando el notario de fe pública, verificó que no podía ingresar a su domicilio; oportunidad en la que la demandada manifestó al referido notario que había cambiado el candado a sugerencia de su abogado, para que no pudiera ingresar a su domicilio, y refirió que estaba dispuesta a devolver el capital anticrético pero en otra fecha. La accionante sostiene que la demandada no puede tomar la ley en sus manos y cerrar con llave la puerta de la calle y el baño, ni privar de los servicios esenciales a ella y a su hija menor de edad, que al no contar con los materiales escolares, se ve impedida de presentar sus trabajos y de recibir la educación.