SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0467/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0467/2013-L

Fecha: 07-Jun-2013

II.4.

II.4.    Por acta de 8 de agosto de 2011, Miguel Ángel Felipez Merubia, Notario de Fe Pública 51 de Primera Clase de Cochabamba, certificó y dio fe de que en la referida fecha se constituyó en la calle Venezuela 684, a objeto de verificar el ingreso a su domicilio por parte de la solicitante Noemi Wilma Rojas Sejas, quien trató de abrir el candado de la puerta de calle, sin embargo no logró abrirlo indicando que se había cambiado el candado; en ese momento se apersonó la dueña de casa que se identificó como Rosa Quiroga de Rivera, quien admitió haber cambiado el candado para que la referida solicitante, que es anticresista, no ingresara a su domicilio, pues así le había recomendado su abogado. No obstante afirmó que está dispuesta a devolver el capital del anticrético pero en otra fecha y que no permitirá el ingreso de la anticresista por muchos motivos. Por último certifica que el acto concluyó a horas 17:15, de manera pacífica, reiterando que la solicitante no pudo ingresar a su domicilio (fs. 3).