SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0529/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0529/2013-L

Fecha: 18-Jun-2013

1)

El abogado de la accionante, en audiencia se ratificó en la acción planteada y ampliándola señaló lo siguiente: 1) Que el art. 122 de la Ley de Municipalidades (LM) establece previo pago e indemnización justa; y, sin embargo, la Ordenanza emitida incurre en defectos fácticos orgánicos y procedimentales, en especial sustantivos puesto que se ha alejado de la ley; 2) La referida Ordenanza Municipal, no tiene certeza a qué está destinada la expropiación ya que no existen planos ni proyecto aprobado para dicho fin, además que el proceso fue tramitado sin que se notifique a la interesada en complicidad con el dirigente de la Organización Territorial de Base (OTB); 3) Se presentó un memorial de reconsideración para tratar de resolver la situación sin que exista algún tipo de respuesta y menos se menciona a la afectada en la Ordenanza Municipal citada; 4) Respecto al justo precio la citada Ordenanza le pone un precio de $us13.- (trece dólares estadounidenses) por metro cuadrado; sin embargo, el precio debe ir incluido en el Plan Operativo Anual (POA) de la Alcaldía, y la Ley Municipal establece que cuando no hay concordia en el precio debe recurrirse al juez para solucionar el conflicto; y, 5) Por Resolución Administrativa se ordenó la demolición de un muro, atentando el derecho a la propiedad sin que además se haya notificado a la parte afectada con esta disposición.